jueves, 15 de octubre de 2015

Requisitos para la Operación de Hoteles, Aparta Hoteles y Establecimientos de Hospedaje en República Dominicana.

LISTA DE REQUISITOS CON LA QUE SE DEBERA CUMPLIR
PARA LA OBTENCION, POR PRIMERA VEZ, DE LA AUTORIZACION DE OPERACION CORRESPONDIENTE PARA PERSONAS MORALES DE HOTELES, APARTA- HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE. 



  Del Solicitante:
a) Dirigir una instancia al Secretario de Estado de Turismo. La misma deberá indicar: nombre del establecimiento que desea operar, actividad a la cual se dedicará, ubicación exacta del centro de operación, número de teléfono (en caso de poseerlo o en su defecto del solicitante), nombre de la compañía que lo operara. Esta deberá estar firmada por el Presidente de la compañía y/o por su representante debidamente acreditado.


b) Fotocopias, cédulas de identidad y electoral de los tres (3) principales
Accionistas de la compañía o de quienes debidamente los representen.
En caso de ser estos extranjeros, se deberán depositar: fotocopias de
los pasaportes y de las tarjetas de residencia vigentes. De no poseer
tarjetas de residencia, se admitirán, con carácter temporal, las visas de
negocios vigentes, emitidas para tales efectos, por las autoridades de
Migración.

c) Certificados de Buena Conducta a nombre de los tres (3) principales
accionistas de la compañía expedidos por la Policía Nacional. Deberán
estar vigentes al momento del depósito.

d) Certificados de No Delincuencia a nombre de los tres (3) principales
accionistas de la compañía Deberán estar vigentes al momento del
depósito. Deberán ser expedidos por la Procuraduría Fiscal del lugar
que corresponda (no debe ser un Juzgado de Paz).

e) Tres (3) referencias originales ya sean personales o comerciales a
nombre de cada uno de los tres (3) principales accionistas de la
compañía. Cada una de éstas deberá estar firmada por la persona que
la ofrezca.

f) Referencia Bancaria original a nombre de la compañía que acre
dite su solvencia económica. De la Empresa Física: a) Fotocopia
Certificado de Registro Formal de Nombre Comercial,
expedido por la Secretaría de Estado de Industria y Comercio. En
caso de no poseerlo, depositar fotocopia de la carta de solicitud de
registro definitivo adjuntando la disponibilidad del nombre comercial
así como la factura por concepto de publicación del Nombre
Comercial.

b) Documentos Constitutivos de la Compañía registrados por ante
Registro Civil, a saber:

Fotocopia Estatutos Sociales de la compañía vigentes (Registrados
por ante Registro Civil).

Fotocopia Acta Asamblea General Constitutiva (Registrada por ante
Registro Civil).


Fotocopia Lista de Suscriptores y Estado de Pago de las Acciones
(registrada · por ante Registro Civil).
Nomina de concurrentes a la Asamblea General Constitutiva de la
compañía (Registrada por ante Registro Civil).

Fotocopia Compulsa Notarial o Acto Notarial (Registrada por ante
Registro Civil). De la compañía vigente.

 Fotocopia Registro Nacional de Contribuyentes (R. N. C.) y/o
Tarjeta de Identificación Tributaria. Fotocopia recibo de pago de la Dirección General de Impuestos Internos. Constancia de haber pagado los impuestos correspondientes por concepto de constitución de compañía.

Fotocopia Acta última Asamblea General Ordinaria Anual registrada
de conformidad con lo establecido en los Estatutos Sociales Deberá
incluir la correspondiente no mina de concurrentes.

Deberá estar registrada por ante Registro Mercantil.

En caso de que las haya habido, fotocopias Actas de todas las
Asambleas Generales Extraordinarias celebradas de conformidad con
lo establecido en los Estatutos Sociales.

 Deberán incluir las correspondientes nominas de concurrentes. Deberán estar registradas por ante Registro Mercantil.

c) Fotocopia Certificado de Titulo de Propiedad y/o contrato de
arrendamiento y/o permiso de uso. En el caso de los contratos de
arrendamiento y/o Permisos de uso, estos deberán estar debidamente
notariados y legalizada la firma del notario actuante por ante la
Procuraduría General de la Republica.

d) Fotocopia: contrato completo de Póliza de Responsabilidad Civil y
vigente. Esta deberá ser constituida por un monto conforme al capital
de inversión y al volumen de operación del establecimiento. No se
admiten certificaciones.

e) Fotocopias Certificados de Salud vigentes de todos los empleados que
laboran en el establecimiento expedidos por la Secretaría de
Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS). Se aceptan,
además, aquellos emitidos por clínicas y/o centros hospitalarios
reconocidos. En el caso de certificados médicos de ley expedidos por
galenos particulares, deberán ser depositados los originales.

f) Brochoures y fotografías, en número suficiente, que muestren las
diferentes áreas internas del establecimiento, tales como: Las
habitaciones, ya sean de tipo estándar, suites, Pent-house, etc. ;

Para ocupación simple, doble, triple o más; Fotografías de los baños,
dormitorios, (en caso de poseerlas) de las salas, etc. En caso de contar
con restaurante, fotografías del área de cocina (fregaderos, mesetas, estufas, extractores de grasa y humo, etc.);
Interiores de los frigoríficos (cuartos fríos, frízer, neveras, etc.);
Interiores de los almacenes (despensas, bodegas, gabinetes, etc.).

Fotografías de los baños, tanto de damas como de caballeros, que
correspondan a las dependencias destinadas a ofrecer servicios
generales a los huéspedes.

En el caso de los bares, deberán depositarse
fotografías, tanto de la parte superior y exterior de los
mostradores (counters) como de la parte interior de éstos.
Fotografías, además, que permitan apreciar todo el entorno exterior
del establecimiento.


g) Anexar relación actual de tarifas de precios por habitaciones, de todos los
diferentes tipos de las mismas con los que cuente el establecimiento. De
ser posible, incluir diferenciación por temporadas.

h) Fotocopia Carta de No-Objeción firmada por el Secretario de Estado
de Turismo. Este documento debe ser tramitado a través del
Departamento de Planeación y Proyectos de la Secretaría de Estado
de Turismo.

i) Recibo de pago de la Dirección General de Impuestos Internos por
valor R D $ 180.00 y/o por el valor vigente al momento de la solicitud
hecha a la Secretaría, por concepto Ley 80-99.

j) Fotocopia recibo de pago de la Secretaría de Estado de Turismo por
concepto de obtención de la autorización de operación correspondiente.
k) Visto bueno de la inspección realizada pagaderos, mesetas, estufas, extractores de grasa y humo, etc.);
Interiores de los frigoríficos (cuartos fríos, frízer, neveras, etc.);
Interiores de los almacenes (despensas, bodegas, gabinetes, etc.).
Fotografías de los baños, tanto de damas como de caballeros, que
correspondan a las dependencias destinadas a ofrecer servicios
generales a los huéspedes. En el caso de los bares, deberán depositarse
fotografías, tanto de la parte superior y exterior de los
mostradores (counters) como de la parte interior de éstos.
Fotografías, además, que permitan apreciar todo el entorno exterior
del establecimiento.

g) Anexar relación actual de tarifas de precios por habitaciones, de todos los
diferentes tipos de las mismas con los que cuente el establecimiento. De
ser posible, incluir diferenciación por temporadas.

h) Fotocopia Carta de No-Objeción firmada por el Secretario de Estado
de Turismo. Este documento debe ser tramitado a través del
Departamento de Planeación y Proyectos de la Secretaría de Estado
de Turismo.
i) Recibo de pago de la Dirección General de Impuestos Internos por
valor R D $ 180.00 y/o por el valor vigente al momento de la solicitud
hecha a la Secretaría, por concepto Ley 80-99.

j) Fotocopia recibo de pago de la Secretaría de Estado de Turismo por
concepto de obtención de la autorización de operación correspondiente.

k) Visto bueno de la inspección realizada por los inspectores de la
Secretaria de Estado de Turismo.


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